· La veda temporal para las tres especies del
crustáceo aplicará del 2024 al 2027, en aguas federales del océano Pacífico,
incluido el golfo de California.
· Esta pesquería se realiza principalmente en
Baja California y Baja California Sur, que aportan el 64 por ciento de la
producción nacional y representa una de las actividades de mayor importancia
socioeconómica.
Con el objetivo de garantizar el aprovechamiento sustentable de
los recursos pesqueros, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
actualizó los periodos y zonas de captura de langostas azul (panulirus
inflatus), verde (p. gracilis) y roja (p. interruptus) en aguas federales del
océano Pacífico y golfo de California para los años 2024, 2025, 2026 y 2027.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), hoy se publica la
modificación del Acuerdo por el que se establecen las épocas y zonas de veda de
estos crustáceos.
Con base en la opinión técnica del Instituto Mexicano de
Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), en el documento se
precisan las siguientes zonas y periodos de veda temporal para la captura de
las tres especies de langosta azul, para los años 2024, 2025, 2026 y 2027:
A partir de las 00:00 horas del 16 de febrero hasta las 24:00
horas del 14 de septiembre en las aguas federales del Pacífico, comprendidas
desde la línea internacional con Estados Unidos, hasta una línea imaginaria
trazada entre el punto ubicado en la orilla norte del arroyo "El
Tordillo".
Además, de las 00:00 horas del 1 de marzo hasta las 24:00 horas
del 24 de septiembre, desde la línea imaginaria trazada entre el punto ubicado
en la orilla norte del arroyo "El Tordillo", hasta una línea
imaginaria trazada con dirección oeste hasta los límites de la Zona Económica
Exclusiva desde el punto conocido como Boca de la Soledad.
De acuerdo con el análisis del IMIPAS, estas actualizaciones
favorecerán el proceso reproductivo y poblaciones naturales de langosta, que
sustentan la pesquería.
La pesquería de langosta se realiza principalmente en los estados
de Baja California y Baja California Sur, los cuales aportan el 64 por ciento
de la producción nacional y representa una de las actividades de mayor
importancia socioeconómica para esta zona por la derrama económica y empleos
que genera.
Con estas disposiciones, la dependencia federal reafirma su labor
de regular, fomentar y administrar el aprovechamiento sustentable de los
recursos pesqueros y acuícolas, estableciendo las condiciones en que deberá
realizarse la actividad pesquera.